Casos Prácticos de Impuesto a la Renta

1. La empresa ha efectuado compras con Boletas de Venta, según el detalle que se muestra a continuación:



Boletas de Venta de empresas que se encuentran acogidas al Nuevo RUS S/. 56,000.00
Boletas de Venta de empresas que no se encuentran en el Nuevo RUS S/. 38,000.00

Se sabe que la suma de los comprobantes que dan derecho a deducir costo o gasto del Impuesto a la Renta, anotados en el Registro de Compras, asciende a S/. 900,000.00


No se permite deducir gastos por boletas de ventas que no sean de contribuyentes del NUEVO RUS.
Por las boletas del Nuevo RUS se permitirá deducir el 6% del total de boletas de venta.



2. Se cargó a gastos de administración el importe total de las primas (S/. 12,000.00), correspondientes a la póliza de seguros de las camionetas, vigente del 01 de octubre de 2007 al 30 de septiembre de 2008.

Se deberá devengar el gasto por los meses correspondientes.



3. La empresa ocupa un almacén arrendado por una persona natural y tiene contabilizado como gasto de venta el Impuesto a la Renta de Primera Categoría que, por contrato, asumió por cuenta del dueño (S/. 6,000.00).

Según el Art. 44 de la Ley del Impuesto a la Renta prohíbe usar el gasto degenerado por otra persona, ya que las personas no pueden trasladar sus obligaciones tributarias a terceros.



4. Se consideró dentro de gastos administrativos la multa impuesta por la Municipalidad Provincial de Chiclayo por la suma de S/. 5,000.00


No puede ser usado como gasto las multas generadas por las faltas en que incurre la empresa.



5. Se ha registrado como gasto financiero intereses por un préstamo de una empresa vinculada, S/. 8,000.00. el préstamo total (capital), es S/. 100,000.00. El patrimonio neto suma S/. 30,000.00.


El préstamo no puede superar 3 veces el patrimonio de la empresa.


6. Se ha registrado como provisión la pérdida sufrida en un Fondo Mutuo, S/. 65,000.00

Este tipo de deducción no es válida de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del Impuesto a la Renta.


7. Se ha registrado como gasto la provisión de cobranza dudosa ascendente a S/. 18,000.00. Ese monto se encuentra registrado en el Libro de Inventarios y Balances como saldos no cobrados por el vendedor Alejandro Valle. No se detallan las Facturas o documentos adeudados.


No se podrá tomar el monto como gasto deducible, pues se debe detallar el origen de los gastos para ser reconocidos como tales.


8. Se han pagado remuneraciones de trabajadores, en efectivo:

Trabajador “A”. S/. 3,200.00, pagado en efectivo
Trabajador “B” S/. 6,200.00, pagado en efectivo
Trabajador “C” S/. 5,800.00, pagado con cheque, el mismo que no cuenta con el sello “no negociable” o similar.

Trabajador “A” gastos deducible S/.3200
Trabajador “B” gasto no deducible S/.6200; debió bancarizarce la operación.
Trabajador “C” no se reconoce el gasto pues el cheque debe contener el sello de no negociable.

22 Comentarios para "Casos Prácticos de Impuesto a la Renta"

  1. Anónimo dijo:

    porfa resuelvanlos ps

    Anónimo dijo:

    uhmmm creo que son las ultimas lineas en cada caso

    Anónimo dijo:

    GRACIAS X PUBLICAR ESTOS CASOS, ME SERVIRA DE MUCHO EN LA PRESENTACION DE MI PROYECTO EN EL INSTITUTO....BYE....

    Anónimo dijo:

    por k no ai resoluciones se pasaron

    Anónimo dijo:

    GRACIAS X PUBLICAR ESTOS CASOS, ME SERVIRA DE MUCHO EN LA PRESENTACION DE MI PROYECTO EN EL INSTITUTO....BYE....

    Anónimo dijo:

    por que no lo resuelven??!!!!!

    Anónimo dijo:

    ya estan resueltos creo

    Anónimo dijo:

    resuelvalos los necesito pss con urgencia

    Anónimo dijo:

    Ya estan resueltos son las ultimas lineas en cada caso revisalo psss ;-D ;-D

    Anónimo dijo:

    gracias deberia de haber mucho mas gracias

    Anónimo dijo:

    como se calcularía si una persona natural alquila un predio y obtiene intereses mediante un préstamo realizado anteriormente

    merced conductiva: S/. 2,000.00 mensuales
    valor del predio declarado en el autovaluo: S/. 125,000.00
    período: del 01/01/10 -- hasta 30/06/10

    préstamo: S/. 5,000.00 -- 20/01/10
    plazo: 30 días -- hasta el 19/02/10
    fecha de pago: 23/06/10
    interés mensual: 10% por mes
    ¿?

    Anónimo dijo:

    MUY BUEBNO NOS AYUDA CLARIFIAR NUESTRAS IDEAS

    Anónimo dijo:

    puden poner casos sobre costos y ventas

    Anónimo dijo:

    respuestas por fa para realizar mis taress

    Anónimo dijo:

    no entiendo nada

    Anónimo dijo:

    bye

    Anónimo dijo:

    GRACOAS!!!

    Anónimo dijo:

    RESUELVAN EL CASO!!!!

    Anónimo dijo:

    tengo un caso en el que mi empresa ha presentado balance en marzo de 2011 y tenemos perdida, lo que no entiendo es porque la contadora dice que tenemos que pagar el 2% de renta de marzo.
    por fa alguien puede explicarme??

    Anónimo dijo:

    Pues el hecho de que en el ejercicio 2010 hallas tenido pérdida, no implica que dejes de realizar los pagos a cuenta por el ejercicio 2011, espero haberte ayudado y si hay alguien que me rectifique en buena hora :)

    Anónimo dijo:

    es que la perdida es del periodo 2010 y por lo tanto en marzo le corresponde a otro perido donde le corrsponde pagar el pago a cuenta del impuesto a la renta que es del 2%

    VIVIANA dijo:

    BUENAS TARDES, HAY TRES TIPO DE REGIMENES EL DEL
    NRUS QUE SE DIVIDE EN 5 CATEGORIAS
    RER TIENE UNA TASA UNICA QUIE ES EL 1.5%
    REGIMEN GENERAL ESTE ULTIMO ESTARA GRAVADO CON EL 2% CUANDO SE INICIE LA EMPRESA O CUANDO EL AÑO ANTERIOR TUVO PERDIDAS.
    CASO CONTRARIO SERA POR EL FACTOR.

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