El Perú es el cuarto mejor país para los emprendedores en Latinoamérica


Nuestra nación, junto con Uruguay, tiene el menor número de trámites de la región para iniciar un negocio, según un estudio de Latin Business Chronicle. Venezuela ocupa el último puesto del ranking.
Perú es el cuarto mejor país para emprendedores en la región, después de Chile, Panamá y Colombia, según el Índice de Emprendedores de Latinoamérica de la publicación digital Latin Business Chronicle difundido hoy.
Nuestra nación, junto con Uruguay, tiene el menor número de trámites de América Latina para iniciar un negocio (cinco), cuenta con el segundo mejor acceso a préstamos de la región, y se clasifica tercero en cuanto a disponibilidad de capital riesgo.
Sin embargo, su puntaje es más bajo cuando se trata del tiempo y el costo para iniciar un negocio, aunque sigue estando entre el 50% superior en ambos casos.
El Índice de Emprendedores de Latinoamérica mide el desarrollo de emprendedores en base a cinco factores: número de trámites para iniciar un negocio, el tiempo (número de días) y costo como porcentaje del ingreso per cápita (incluidas todas las tarifas legales y oficiales). Además, de acceso a préstamos y disponibilidad de capital riesgo.
El estudio utiliza datos del análisis Doing Business 2012 del Banco Mundial y el Informe de Competitividad Global 2011-2012 del Foro Económico Mundial .
México se ubica en la quinta posición, después de Perú, mientras que los cinco países peor ubicados para emprendedores son Venezuela, Nicaragua, Bolivia, Brasil y Ecuador.
La nación llanera ocupa la última posición porque tiene el más alto número de trámites para iniciar un negocio de Latinoamérica (17), el más largo tiempo (141 días o casi cinco meses), la tercera peor disponibilidad de capital de riesgo y el cuarto peor acceso a préstamos.
Fuente: Diario Peru21
http://peru21.pe/2012/01/09/economia/peru-cuarto-mejor-pais-emprendedores-latinoamerica-2006769

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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