Fertilizantes: no a la discriminación tributaria


Jaime García D.
El sector agrario es el más atrasado de los sectores económicos del país. Las políticas que se implementaron desde la Reforma Agraria han significado un conjunto de intervenciones que crearon fuertes distorsiones en el mercado, como el control de precios, los aranceles diferenciados a los productos finales e insumos, créditos mal dirigidos y falta de un efectivo esquema de promoción basado en la asistencia técnica, capacitación, acceso a información y a los mercados.

Desde la apertura de los 90 se ha venido corrigiendo esta situación y se ha logrado una dinámica agroexportación principalmente en los valles de la costa. Sin embargo, persisten aún algunas trabas que deben superarse.
La necesidad de favorecer una mayor productividad y tecnificación del agro llevó a facilitar el acceso a los fertilizantes. En ese sentido, las medidas que se tomaron fueron la reducción de los aranceles de importación (desde el 2001) y el pago del Impuesto General a las Ventas (desde el 2000 a través de documentos cancelatorios y el 2004 con la exoneración), lo que permitió un incremento en el consumo de fertilizantes con los beneficios esperados.
Sin embargo, estas exoneraciones no son de aplicación a todos los fertilizantes y no aplica a las nuevas líneas de fertilizantes de abonos nitrogenados (Capítulo 3102) y de NPK (Capítulo 3105), que tienen una serie de ventajas para los productores y para el medio ambiente. Su uso permite la aplicación de nuevas técnicas de fertilización con mejores resultados en los cultivos. Del mismo modo, los residuos que impactan negativamente al medio ambiente son mínimos frente al uso de fertilizantes tradicionales.
Pero, como se ha indicado, las normas tributarias y aduaneras actuales dan un tratamiento discriminatorio a los fertilizantes de nueva generación más eficaces (incrementa la productividad) y más eficientes (reduce la contaminación) frente a los fertilizantes tradicionales, desalentando su uso masivo y limitando la posibilidad de aprovechar sus beneficios.
Además, en los países desarrollados cada vez más se vienen asumiendo compromisos ambientales e implementado los programas y proyectos agroambientales (agri-environmental programmes) que buscan reducir el impacto de la actividad agrícola en el medio ambiente. Uno de los aspectos centrales en este esfuerzo es el uso eficiente de los fertilizantes, haciendo incidencia en los fertilizantes con mayor desarrollo tecnológico.
Con la finalidad de eliminar la discriminación señalada anteriormente y sustentado en la necesidad de actualizar el tratamiento tributario aduanero aplicable a los fertilizantes teniendo en cuenta el avance tecnológico experimentado en dicho campo, es necesario que el Poder Ejecutivo resuelva esta inequidad de trato frente a la norma, la misma que puede ser lograda incluyendo estos fertilizantes en el literal A del apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF y normas modificatorias.
Este planteamiento de incluir estas mercancías en las exoneraciones del IGV no tiene un costo tributario, ya que son productos sustitutos de fertilizantes que ya tienen las mencionadas exoneraciones. Adicionalmente, debe tenerse presente que debido a la no exoneración de los mismos, en la actualidad no se está realizando la importación de estas mercancías, por lo que su exoneración no generará un impacto negativo en la recaudación fiscal por dicho concepto.
Fuente: Diario Gestión
http://gestion.pe/impresa/noticia/fertilizantes-no-discriminacion-tributaria/2012-02-17/44832

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