¿Cómo efectuar el reconocimiento de la Ganancia en el LeaseBack desde la óptica del Nuevo Plan Contable?


CPCC Dionicio Canahua
Una de las novedades en la última versión del Plan Contable General Empresarial radica en la inclusión de la subcuenta 494 Ganancia en venta con arrendamiento financiero paralelo. El uso de la misma esta sustentado en la NIC 17 Arrendamientos que señala lo siguiente:

59. Si una venta con arrendamiento posterior resulta ser un arrendamiento financiero, se evitará reconocer inmediatamente como resultado, en los estados financieros del vendedor arrendatario, cualquier exceso del importe de la venta sobre el importe en libros del activo enajenado. Este importe se diferirá y amortizará a lo largo del plazo del arrendamiento.
El diferimiento se contabilizara por medio de la cuenta 494, en el siguiente cuadro presentamos el asiento de la venta de un activo fijo que sera objeto de un contrato de arrendamiento financiero por parte del cliente con nuestra organización.

El saldo de la subcuenta 494 se ira devengando conforme transcurra el contrato de Arrendamiento Financiero establecido por parte de la empresa.

Fuente: http://normacontable.org

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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