Pago de detracciones se puede hacer por Internet


De esta manera, se podrá hacer el pago de las detracciones en línea con cargo en ellas de manera segura.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () recordó que los adquirientes de cualquiera de los bienes y servicios sujetos al sistema de detracciones pueden realizar el  de las detracciones que le corresponde a través de Virtual (www..gob.pe), sin necesidad de acercarse a una oficina del Banco de la Nación.
Explicó que para ello sólo se deberá afiliar una cuenta corriente o de ahorros abierta en los bancos: Scotiabank, BCP, BBVA Continental, Interbank o Citibank. También lo podrá hacer afiliando una tarjeta Visa Verified.
Con esta afiliación se deberá ingresar a Sunat Operaciones en Línea (SOL) disponible en la página webwww.sunat.gob.pe y seleccionar la opción Mis declaraciones y pagos/detracciones/pago de detracciones.
De esta manera, se podrá hacer el pago de las detracciones en línea con cargo en ellas de manera segura.
El módulo permite hacer el pago de detracciones de forma individual ingresando directamente los datos en la pantalla, o de forma masiva, para lo cual se deberá cargar el archivo con la información de las detracciones a pagar.
El detalle del archivo TXT que se debe cargar, se podrá obtener en el instructivo colgado aquí.
El módulo permite imprimir y enviar por correo electrónico, a la dirección que se considere, la constancia de la detracción realizada, a efecto de poder llevar el control de ellas y acreditar ante su proveedor el pago de la misma.
También permite revisar las detracciones realizadas en un rango de fechas y la modalidad de ellas.
Andina (08/04/2012)

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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