Reforma Tributaria: ¿Venga de donde venga?


Hans Rothgiesser
En los últimos días se ha estado discutiendo la propuesta del Ejecutivo de pedir capacidad para legislar en materia tributaria.  Y es que esta iniciativa preocupa a varios que consideran que ése no es el camino.  Por ejemplo, Luis Galarreta, presidente de la Comisión de Economía del Congreso, comentó ayer que esta reforma debe ser técnica, pero que requiere de decisión política.  Me parece que ése es precisamente el problema de fondo, en ambos sentidos: El Congreso no ha sabido impulsar esta reforma de una manera técnica y no ha tenido la decisión política para darle la prioridad que merece.
Los políticos en el Perú tienden a demorarse en reconocer la necesidad económica de algunas reformas que cada vez son más urgentes.  La reforma tributaria es uno de esos casos.  Según el informe anual Doing Business del Banco Mundial, un peruano promedio pasa 309 horas al año en los procesos necesarios para poder pagar sus impuestos.  Esto es consecuencia de lo complicado que es el proceso y resulta, pues, excesivo.  En Colombia este indicador es de apenas 109 horas al año.  Y si bien otros países con los que nos solemos comparar no están mucho mejor (Chile: 316 horas al año, Panamá: 482 horas al año), lo cierto es que si tenemos como objetivo incorporar a las micro y pequeñas empresas a la economía formal como parte del proceso de inclusión que se ha planteado el Gobierno, de tal manera que así se beneficien del crecimiento económico que el país está experimentando, necesitamos hacer que el sistema tributario sea lo más eficiente posible.
Después de todo, como lo explica Patricia Inga, investigadora en microfinanzas, un microempresario tiende a ser el hombre orquesta en su empresa.  Cada hora que se le extrae de su establecimiento para hacer algún trámite es dinero que pierde, algo de lo cual no se puede dar el lujo.  Esto, a su vez, termina constituyendo un desincentivo a la formalización.
La necesidad económica de una reforma tirbutaria está clara desde hace más de una década.  Aún así, pocos han sido los avances en esta materia, aunque sí los ha habido.  En ese sentido, no debería sorprender que Confiep salga a apoyar un camino que prometa abordar esta problemática de una vz, a pesar de que haya preocupaciones al respecto.
A Galarreta le preocupa, por ejemplo, que se vaya a gravar más a los ciudadanos, pero el tema es mucho más complejo que eso (y el director de SEMANAeconómica, Gonzalo Zegarra, también le ha dedicado una columna) .  Lo que necesitamos es expandir la base tributaria, de tal manera que cada vez más peruanos cumplamos con pagar impuestos.  Para eso necesitamos esta reforma, para que simplifique los procesos y que desburocratice el sistema.  Si eso viene del Ejecutivo, a buena hora.  No obstante, habrá que estar atentos, porque temores como los que manifiesta Fernando Rospigliosi en su cuenta de Twitter (@frospigliosi) pueden resultar tener fundamento.  El día de ayer él posteó: ”El Parlamento nace para legislar sobre tributos, ahora gobierno y Confiep unidos para quitarle esa atribución” y “Pero no se puede confiar en el gobierno”.

Fuente: Semana Economica
http://semanaeconomica.com/articulos/82751-reforma-tributaria-venga-de-donde-venga

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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