Aprende cómo hablar con tu jefe


Fabiana Sánchez
fsanchez@peru21.com
Los expertos aconsejan colaborar con las necesidades de la empresa, siempre que ello no implique una sobrecarga de trabajo.

Tener una buena idea para el crecimiento de la empresa en la que trabaja o querer un cambio de horario y no plantearlo por temor a la reacción de sus superiores no debe ser un dolor de cabeza.
La consultora del Centro de Desarrollo Personal y Profesional Perfil, Karla Martell, refiere que, antes de acercarse a conversar con su jefe, debe tener claro cuál será el pedido o sugerencia que hará.
“Si cuenta con buenos argumentos y sabe cómo sustentarlos, podrá responder las interrogantes sin ponerse nervioso”, manifiesta.
Otro de los puntos que hay que tener en cuenta, sobre todo cuando queremos informar de algún problema, es presentar una alternativa de solución, sugiere la experta.
En tanto, el profesor del Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial de la PUCP, Javier Sotomayor, aconseja no utilizar palabras de alarma.
“Por más difícil que sea la situación, trate de empezar las oraciones con frases positivas para no generar un clima de tensión y negativismo”, asegura.
TERCERAS PERSONAS
Al momento de comunicarle algo a su jefe, evite involucrar a terceros y culpar al empleador o a sus compañeros de trabajo de sus responsabilidades.
“No diga oraciones como ‘con todo el trabajo que usted me dio no puedo avanzar’. Cámbiela por ‘no he podido terminar pues estoy sobrecargado’. Eso evitará que su jefe sienta que lo está culpando y querrá ayudarlo”, explica.
Además, recomienda no imponer ideas ni pretender que sus sugerencias sean las únicas que pueden ser aceptadas.
“En el caso de que no le pidan sus propuestas no diga: ‘Yo pienso que…’. Pregunte: ‘¿Me permite opinar?’ Eso demuestra que respeta jerarquías”, afirma.
Fuente: Peru 21
http://peru21.pe/2012/06/06/mis-finanzas/aprende-como-hablar-tu-jefe-2027483?href=cat6pos2

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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