Gobierno aprobó ley para reducir evasión tributaria


En Impuesto a la Renta bajará de 50% a 30%, anunció ministro Castilla
Se incrementa la sanción a los infractores de S/. 7,300 a S/. 14,600
El Ejecutivo aprobó dos decretos legislativos con el objetivo de reducir la evasión tributaria en el Impuesto a la Renta (IR) de 50% a 30% y combatir las actividades de elusión y de contrabando, actividades ilegales que afectan la economía del país.
Ambas normas fueron aprobadas por el Consejo de Ministros, en función de las facultades que le otorgó el Congreso.

En conferencia de prensa ofrecida en Palacio de Gobierno, el ministro de Economía, Luis Miguel Castilla, precisó que uno de los decretos legislativos se basa en dos temas centrales: la determinación del IR empresarial y algunas actividades antielusivas.
Entre las cuatro principales medidas adoptadas en relación con la determinación del IR empresarial, destacó que se uniformiza el requisito formal de sustento en el comprobante de pago tanto para la deducción de gastos como para los costos.
En el caso de la definición del ingreso como valor de mercado por la venta de valores mobiliarios, dijo, se propone utilizar el mayor valor disponible entre todos los posibles, sea este valor de transacción, de constitución o valor patrimonial.Asimismo, se determinó estandarizar el tratamiento de ingresos y gastos empresariales. En relación con los precios de transferencia, comentó que se adecuó su alcance y método de aplicación en materia de operaciones entre partes vinculadas y con empresas ubicadas en paraísos fiscales.
Al referirse a las medidas antielusivas aprobadas, Castilla manifestó que se elimina la figura que hay sobre los dividendos mediante la autorización indebida de reducción de capital.
También se elimina la elusión consistente en la aplicación de pérdidas de capital producto de ventas y readquisiciones de valores mundiales, y la práctica elusiva de la regla que establece la prohibición de reducir créditos incobrables entre empresas vinculadas.
Contrabando
El titular de Economía informó que el otro decreto legislativo aprobado modifica la Ley de Delitos Aduaneros en cinco aspectos fundamentales, con el fin de combatir al contrabando que afecta la economía del país.
Entre ellos, precisó que en el caso del contrabando minorista se incrementa la sanción a los infractores de 7,300 a 14,600 nuevos soles –de 2 a 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT)–.
Para el contrabando de combustible, calificado ahora como mercancía peligrosa, se aumenta la pena privativa de libertad de 8 a 12 años.
Así, se permite la facultad de introducir la gradualidad a las sanciones administrativas que se aplican a las empresas de transporte involucradas.
Castilla acotó que la norma aprobada facilita devolver mercancías que son objeto de delito aduanero en caso de que exista sentencia judicial firme, si se verifica que tales bienes cumplieron sus obligaciones tributarias.
Fuente: El Peruano
Fecha:29/06/2012

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