Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta a partir de Agosto 2012

A solicitud de muchos seguidores de la web voy a tocar este tema que preocupa a muchos contadores, trataremos de explicarlo de una manera fácil y sencilla.

Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta

Como todos sabemos todas las empresas que perteneces al Régimen General realizan pagos a cuenta del impuesto a la renta en cada periodo tributario, dichos pagos lo realizan aplicando bien el método de Sistema de Coeficiente o el método Sistema de Porcentaje, que no es otra cosa que la multiplicación:

Pago a cuenta I.R = Coeficiente x Ingresos Netos Mensuales
Pago a cuenta I.R = Porcentaje Mínimo x Ingresos Netos Mensuales

¿Cuáles son las modificaciones?

Mediante el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1120, se modifico el artículo 85º de la Ley del Impuesto a la Renta, el cual entra en vigencia para los pagos a cuenta del mes de agosto de 2012.
El principal cambio es que a partir de Agosto debemos comparar los dos métodos y aplicaremos el que resulta mayor, esto significa que tendremos que calcular el pago a cuenta del impuesto a la renta con los dos métodos para elegir el mayor.
En el inciso b) del artículo 85º de la Ley del Impuesto a la renta regula que el porcentaje mínimo será 1.5%. Dicho porcentaje se multiplicara con los ingresos netos mensuales.
A modo de ejemplo un comparativo, para ver como es el tema de la comparación:

Caso Práctico

1. La empresa Noticiero del Contador, necesita calcular el pago a cuenta del impuesto a la renta del periodo agosto de 2012, para ello se cuenta con los siguientes datos:

Conclusión

Si después de leer el artículo todavía tienes algunas dudas, déjame decírtelo de la siguiente manera, si tu pago a cuenta utilizado en julio 2012 es mayor a 1.5% entonces realiza tus declaraciones como siempre, has como si no hubiera pasado nada.
Ahora si coeficiente es menor a 1.5%, entonces tendrás que usar la tasa de 1.5% para tus pagos a cuenta a partir del periodo agosto 2012. Esto aplica también para los que usan la tasa del 2%.


Miguel Torres Chauca
Fuente: www.noticierocontable.com

0 Comentarios para "Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta a partir de Agosto 2012"

Publicar un comentario

La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
Powered by Blogger