¿Si dejo de aportar, pierdo mi fondo de AFP?

El ahorro acumulado solo le pertenece al afiliado y le servirá para que obtenga una pensión cuando se jubile.

El ahorro que un trabajador constituye con sus aportes a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) es solo de él y le servirá para financiar su pensión cuando llegue el momento de su jubilación, explica Prima AFP.

Por ello, debe saber que si deja de aportar durante meses o años –ya sea porque perdió el trabajo o decidió ser independiente– lo que ha acumulado permanece en la AFP y sigue creciendo de acuerdo a la rentabilidad que obtenga la administradora.

¿Se puede recuperar?

El dinero nunca se pierde, aclara Prima AFP. Y si no recuerda en qué administradora está, acuda a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

La página web de esta entidad cuenta con un sistema que le permite averiguar si está o no afiliado a este sistema.

Solo debe ingresar a www.sbs.gob.pe, buscar en la parte superior la opción Portal del Usuario, y luego ubicar la pestaña Sistema Privado de Pensiones. Al hacer clic, escoja la pestaña Consulta de Afiliados.

En esa sección, deberá ingresar sus nombres y apellidos completos así como el número de su DNI, inmediatamente le generarán un código de afiliado y la información de la AFP en la que están sus aportes.

César Chang, gerente central de operaciones de AFP Integra, precisa que si bien pudieron pasar años desde su último aporte, su fondo se ha seguido capitalizando, es decir, ganando rentabilidad.

Para obtener el detalle del monto, ingrese a la web de la SBS, use su código de afiliado y solicite una clave. Con este dato, podrá solicitar, también vía Internet, esta información.

Debe saber que las páginas web y las líneas telefónicas de las AFP también brindan este detalle.

Diario Perú21 (24.09.2012)

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
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El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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