Sunat certificará a operadores

La Sunat aprobó los requisitos para que las empresas puedan calificar como operadores económicos autorizados (OEA), certificación que les permitirá disfrutar de facilidades para el control de la carga, agilización y simplificación de los trámites aduaneros de sus productos en el país, además de contar con el estatus de operador confiable.

Según el DS N° 186-2012-EF, en estos casos se requerirá contar con una trayectoria satisfactoria del cumplimiento de las normas aduaneras, registros contables y logísticos adecuados, solvencia financiera y patrimonial comprobada, así como medidas de seguridad. Igualmente, contar con RUC, no tener deudas tributarias ni aduaneras, ni estar comprendidos en juicios, entre otros.

Los exportadores también deberán demostrar que en los últimos tres años han realizado envíos al exterior por un monto no menor a los tres millones y medio de dólares y, en el caso de los almacenes, mantener vigente los permisos y licencias que exigen las autoridades competentes en el local destinado a las operaciones aduaneras.

Diario El Peruano (25/09/2012)

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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