Permanecer menos de un año en un empleo afectaría el desarrollo profesional

¿Busca un nuevo empleo? Erika Céspedes, gerenta de la consultora Mandomedio, comenta los riesgos de tomar una decisión apresurada en el mundo laboral .

Evelyn Coloma
ecoloma@diariogestion.com.pe

Línea de carrera, buen clima laboral , cercanía a casa y unabuena remuneración . Los jóvenes profesionales exigen cada vez más de sus puestos de trabajo. Y, por esto, conforman el segmento más difícil de retener para las empresas.

Érika Céspedes, gerenta de la consultora Mandomedio, asegura que en el Perú la rotación más alta se ubica en el tramo de los llamados cargos de mando medio, como los analistas o jefes de área, ocupados principalmente por jóvenes de entre 22 y 30 años.

El promedio de permanencia en un trabajo para este segmento de profesionales se sitúa entre los 12 y 18 meses, frente a los cargos gerenciales que suelen durar en su puesto de 2 a 3 años.

Tres años, cuatro empleos

Para Céspedes, la situación no es la ideal. “Lamentablemente,las nuevas generaciones quieren las cosas mucho más rápido y no esperan tiempo necesario para demostrar lo que pueden aportar a la empresa”, apunta.

En efecto, la especialista resalta que, en el corto plazo, un cambio de compañía muy rápido podría afectar el desarrollo del profesional, ya que el CV emitirá una sensación de inestabilidad y falta de claridad en los objetivos.

“Si un trabajador tiene tres años de experiencia en cuatro empresas, algo está pasando. Hay algo que a la persona no la llega a satisfacer, y no se queda contenta”, asevera Céspedes.

Y en el largo plazo, la alta rotación podría dificultar que el empleado encuentre nuevas oportunidades para demostrar las capacidades que no pudo transmitir durante sus cortas estancias de su experiencia laboral.

Fuente: Gestion.pe

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La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
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El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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