Aprueban Ley del Contrato de Seguro

Mediante Ley N° 29946, publicada el martes 27 de noviembre, el Congreso de la República ha aprobado la Ley del Contrato de Seguro, la cual es aplicable a todas las clases de seguro y tiene carácter imperativo, salvo que admita expresamente lo contrario; no obstante, se entenderán válidas las estipulaciones contractuales que sean más beneficiosas para el asegurado.

Entre los aspectos que se encuentran comprendidos por esta norma tenemos a la cobertura del seguro, contenido del contrato de seguro, reticencia y/o declaración inexacta, la póliza, cobertura provisional, participación de corredores, entre otros.

Esta ley entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta (180) días desde su publicación.

Para obtener mayor detalle sobre el contenido de este dispositivo, le sugerimos revisar nuestro boletín de normas legales.

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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