Cómo dejar herencia si estás en el exterior

Para elaborar un testamento, el interesado tiene que ser mayor de 18 años, estar consciente y en pleno uso de sus facultades.
Si usted vive en el exterior y quiere nombrar herederos que residen en el Perú, debe saber que* no necesita venir al país* para hacer este trámite.
El director del portal www.abogadodefamilia.pe, Ernesto Martínez, señala que puede redactar y presentar su testamento en el Consulado peruano del lugar donde vive.
“Solo tiene que acercarse a esta institución con su documento de identidad y con los nombres y los datos de quienes serán los herederos”, indica.
Precisa que este procedimiento se aplica para dejar en herencia bienes que están en el Perú a herederos que viven en el territorio nacional.
“Es el cónsul o un asistente calificado quien cumplirá la función de un notario público”, precisa.
Luego de que la persona falleció, el Consulado reportará al Ministerio de Relaciones Exteriores sobre la existencia del testamento y se informará a los beneficiarios. “Los herederos solicitarán una audiencia para el procedimiento de lectura del documento. Este acto lo debe realizar un juez”, comenta.

Consejos

1. Requisito
Entregue copias de los títulos de propiedad que dejará en herencia para corroborar que usted es el dueño.
2. Idioma
Si el testamento está escrito en otro idioma, será traducido en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
3. Testigos
Es obligatorio que dos personas, que no sean las beneficiarias, también firmen el testamento.
4. Cambios
Está permitido modificar el testamento todas las veces que considere conveniente.
5. División
Los herederos forzosos son el cónyuge y los hijos. Puede disponer solo de una parte para otro heredero.
Peru21 (23/03/2013)

0 Comentarios para "Cómo dejar herencia si estás en el exterior"

Publicar un comentario

La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
Powered by Blogger