Sugieren definir bien los gastos para cierre fiscal

Aconsejan a empresas ser más minuciosas en el registro contable
Asimismo, no descuidar contabilidad de cuentas no deducibles al fisco
Una adecuada determinación de los gastos y la efectiva implementación de las normas internacionales de información financiera en materia de costos recomendaron diversos tributaristas a los contribuyentes para el cierre del ejercicio fiscal 2012.
A criterio de Rocío Liu, miembro del Estudio  Miranda ; Amado Abogados, los contribuyentes deben ser muy meticulosos en el registro contable, considerando que muchas veces se suele anotar en la cuenta de gastos administrativos rubros que no son propiamente este tipo de gastos.
Consideró, además, que –dependiendo de la actividad que realice la empresa– la discriminación de los gastos es mucho más fácil cuando el ingreso no gravado se genera por una actividad totalmente distinta de la que genera las rentas gravadas. “Sin embargo, el problema surge cuando los gastos son imputables a la actividad gravada y están confundidos”, refirió.
Por ende, destacó la necesidad de que las empresas no solo hagan una cuantificación desde el punto de vista financiero, sino que también la realicen teniendo en consideración las normas legales.
A su juicio, esto es muy importante porque existen muchos aspectos que por ser formalidades se dejan de lado, y que al no cumplirse en su momento y viene luego la fiscalización, tres o cuatro años más tarde, no se pueden demostrar.
Por tanto, insistió en la conveniencia de que los contribuyentes mantengan un file ordenado de todo aquello que sustenta la determinación del impuesto del ejercicio.

Pautas internacionales

Por su parte, su colega, John Casas, integrante de Pricewaterhouse Coopers, comentó que en el país –por ejemplo– no necesariamente se vienen aplicando las normas internacionales de contabilidad (NIC) de acuerdo con lo que realmente establecen, sino que los contribuyentes las han tomado con ciertas licencias en su aplicación.
Sin embargo, a su juicio, ya se ha comenzado a aplicar este tipo de normas internacionales de información financiera,  por lo que los contribuyentes no deberían tener muchos problemas entre lo que es costo y gasto, para efectos del cierre tributario correspondiente al año pasado.
En función de ello sugirió a los contribuyentes revisar correctamente los estados financieros, considerando que se parte de una utilidad contable que debe estar bien determinada.
Además, aconsejó a las empresas mantener controles en la contabilidad de aquellas cuentas que no son deducibles tributariamente, para lo cual deben mantener las cuentas codificadas y según ellas calcular la base imponible.
“Las empresas no solo deben hacer una cuantificación desde el punto de vista financiero, sino que deben hacerla también considerando las normas legales.”
Diario El Peruano (19/03/2013)

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El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
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