¿Sabes si aún registras una deuda impaga?

No todas las empresas financieras o de servicios actualizan su información. Solicita tu reporte crediticio y, si ya pagaste, evita el perjuicio de una mala calificación.


No todos recuerdan que tienen alguna deuda impaga –ya sea porque la empresa acreedora dejó de cobrarla, se mudaron o cambiaron de proveedor de servicios– y solo reparan en ello cuando al solicitar un crédito, una entidad financiera les informa de este inconveniente.
Para evitar esta ingrata sorpresa, debe saber que todo consumidor puede solicitar sin costo su reporte crediticio en las centrales de riesgo.
Infocorp y Sentinel ofrecen este servicio gratuito cada seis meses. En el caso de Infocorp, el usuario debe acudir a su local en San Isidro, Lima, ubicado en calle Las Begonias 469.
Si opta por Sentinel, puede ir a su local en la Av. Salaverry 2375, San Isidro, o ingresar a su página web, donde también puede obtener su reporte gratis.
“Este documento es valioso pues sabrá si una empresa lo muestra como moroso cuando usted pensaba que no tenía deudas pendientes”, refiere Yanina Cáceres, directora de Sentinel.

Dos tipos de reporte

Cáceres indica que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP también cuenta con una central de riesgos, pero esta solo registra las deudas con las entidades financieras.
Las centrales privadas, además de las deudas con bancos, cajas, financieras y edpymes, tienen información de proveedores de servicios (cable, Internet, teléfono, entre otros).
En la SBS se puede solicitar el registro de forma gratuita una vez al año. Para una solicitud extra debe abonar S/.24,5.
Cáceres aconseja solicitar un refinanciamiento ante la entidad acreedora para evitar la deuda impaga.
Diario Peru21 (16/04/2014)

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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