Disposiciones reglamentarias sobre la obligación de pago de aportes por parte de los trabajadores independientes

Se aprueban disposiciones reglamentarias sobre la obligación de pago de aportes por parte de los trabajadores independientes que se encuentran en el SPP
Mediante Resolución SBS N° 4594-2013, publicada el día de hoy viernes 26 de julio, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) ha aprobado la incorporación del Sub Capítulo II – F al Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) la cual contiene una serie de disposiciones que precisan la forma de cumplimiento de la obligación de pago de aportes por parte de los trabajadores independientes que se encuentran afiliados al SPP.
Entre los aspectos previstos en esta norma tenemos:
  • Sobre los plazos  y los agentes de retención
  • Responsabilidad de información
  • Documento de registro SPP
  • Base de cálculo, determinación y regularización de pago de los aportes al SPP
  • La entrada en vigencia de esta resolución es el próximo 01 de agosto.

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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