¿Sabe usted los datos del RUC puede modificar por Internet (Usando el SOL) ?


Los contribuyentes podrán actualizar o modificar la siguiente información del Registro a través de esta página web, utilizando el formulario Virtual N° 3128 – “Modificación de Datos del RUC por Internet”:
  • Nombre comercial.
  • Actividad económica principal y/o secundaria.
  • Código de profesión u oficio.
  • Sistema de emisión de comprobantes de pago.
  • Sistema de contabilidad.
  • Número de fax,
  • Números telefónicos fijos y móviles (celular).
  • Correo electrónico.
  • Domicilio fiscal (1) y
  • Condición del inmueble declarado como domicilio fiscal.
  • Suspensión Temporal y/o Reinicio de actividades.
  • Alta de Tributos
  • Origen de Capital.
  • Condición de domiciliado en el país.
  • Baja de establecimientos anexos.
  • Baja de tributos.
  • Baja de inscripción en el RUC.

Sólo necesita conectarse a SUNAT Operaciones en Línea e ingresar sus datos a través del formulario virtual N° 3128 – “Modificación de Datos del RUC por Internet”. Para ello, es necesario contar con la clave de acceso; si aún no la tuviese, deberá solicitarla en nuestros Centros de Servicios al Contribuyente.
(1) El contribuyente no deberá tener la condición de no habido, además la SUNAT se reserva el derecho de verificar el domicilio fiscal comunicado por dicho medio.

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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