MTPE facultada a sancionar por T-Registro


MTPE facultada a sancionar por T-Registro
Fiscalizarán registro adecuado de obligaciones respecto a trabajadores

Desde este mes, el Ministaerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) está facultado para sancionar el incumplimiento en la implementación del T-Registro y de los registros obligatorios que deberán realizar las empresas, en los plazos dispuestos por ley, de acuerdo con el DS Nº 008-2011-TR.
Ello, en cumplimiento de la RM Nº 267-2011-TR, que dispuso la fiscalización preventiva de las obligaciones derivadas del Registro de Información Laboral (T-Registro) y la Planilla Mensual de Pagos (Plame), de la planilla electrónica.
El T-Registro es el registro de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación-modalidad formativa laboral, practicantes, personal de terceros y derechohabientes. Mientras que el Plame comprende información mensual sobre ingresos de sujetos inscritos en el T-Registro.
Fuente:Diario El Peruano
Fecha:13/01/2012
http://www.elperuano.pe/Edicion/noticia-mtpe-facultada-a-sancionar-tregistro-35349.aspx

0 Comentarios para "MTPE facultada a sancionar por T-Registro"

Publicar un comentario

La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
Powered by Blogger