Casas de cambio tienen plazo para registrarse hasta el próximo 23 de octubre

Intereses.

Registradas. Según la SBS, hasta el momento existen unas 300 casas de cambio que ya se encuentran registradas.

El economista Jorge González Izquierdo dijo que las no inscritas deben seguir funcionando porque de lo contrario se reduciría la competencia en este sector.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) informó que el registro de las personas y empresas que efectúan operaciones financieras o de cambio de moneda vence el próximo 23 de octubre con la finalidad de prever el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Para cumplir con la reglamentación, las empresas deberán presentar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), que está bajo el mando de la SBS, la carta de inscripción en el registro de empresas y personas que efectúan operaciones financieras o de cambio de moneda, la copia simple del poder del representante legal y su documento de identidad; escritura pública de constitución de la empresa y licencia de funcionamiento o autorización de actividad vigente, expedida por la comuna.

La inscripción en el Registro es gratuita y tendrá una duración de dos años, contados a partir de la fecha de la inscripción.

No deben ser cerradas

El economista Jorge González Izquierdo refirió que si bien hay muchas casas de cambio no registradas, éstas no deben ser cerradas.

“Si lo hacen, eso respondería a lobbies de los bancos ya que se estaría quitando la competencia”, señaló.

El experto explicó que es necesario que se registren porque de lo contrario se prestan al lavado de dinero, a las actividades ilícitas como el contrabando y la evasión de impuestos como el de transacciones financieras.

Algunos administradores de las casas de cambio señalaron que esta norma apunta a formalizar los puntos que están en las periféricas de la capital y a los cambistas que no están inscritos en una casa de cambio formal.

Como se recuerda, Sergio Espinoza, superintendente adjunto de la UIF, manifestó que en el último trimestre se iniciará el cierre de las casas de cambio que no hayan cumplido con el registro.

Claves

La presente norma es aplicable a las personas naturales o jurídicas dedicadas a la compra y venta de divisas o moneda extranjera y/o empresas de créditos, préstamos y empeño.

Actualmente la SBS tiene registradas alrededor de 300 casas de cambio.

Diario La República (09.10.2012)

0 Comentarios para "Casas de cambio tienen plazo para registrarse hasta el próximo 23 de octubre"

Publicar un comentario

La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
Powered by Blogger