Ley 29666 sustituye tasa del IGV a 16% a partir de marzo 2011

Mediante Ley 29666, publicada el domingo 20 de febrero del 2011 y vigente a partir del 01 de marzo del 2011, se establece:


Artículo 1.- Tasa del IGV

Derògase el artìculo 7 de la Ley 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pùblico para el Año Fiscal 2011, restituyéndose, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, la tasa de dieciseís por ciento (16%) establecida por el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y modificatorias.

Artículo 2.- AplicaciónLa presente Ley entra en vigencia el primer día del mes siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano (01 de marzo 2011).

1 Comentarios para "Ley 29666 sustituye tasa del IGV a 16% a partir de marzo 2011"

  1. Anónimo dijo:

    ¿hay un reglamento para esta nueva ley'
    ¿qué va a pasar con el crédito fiscal para el pago de impuestos este mes? Es decir este mes compré insumos con IGV de 19% y el próximo mes voy a vender productos con 18% de IGV. ¿quien asume la diferencia entre el 18 y 19%.. obviamente el comprador en pagos pequeños, pero en montos importantes (contratos de obra por ejemplo) no sé como va a suceder.

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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