Resolución de Superintendencia Nº 073-2011/SUNAT - Modifican la R.S Nº 188-2010/SUNAT



Modifican la Resolución de Superintendencia Nº 188-2010/SUNAT en cuanto a las condiciones para la emisión de las notas de crédito y débito electrónicas.





Base Legal: www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2011/073-011.pdf 

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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