Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2011 se alista el PDT 669 y PDT 670
-         PDT N.° 669: Renta Anual 2011 – Persona Natural – Otras Rentas (rentas de primera categoría, rentas de segunda categoría originadas en la enajenación de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2° de la Ley , rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera). Estará disponible a partir del 02 de enero 2012.
-         Formulario Virtual N.° 669 – Simplificado Renta Anual 2011 – Persona Natural (rentas de primera categoría y rentas del trabajo). Estará disponible a partir del 15 de febrero 2012.
-         PDT N.° 670: Renta Anual 2011 – Tercera Categoría e ITF. Estará disponible a partir del 02 de enero 2012.
Del mismo modo se proyecta que los lugares para presentar la Declaración  mediante los PDT N.os 669 y 670 y efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF sean los siguientes:
-         Tratándose de Principales Contribuyentes, en los lugares fijados por la SUNAT  para efectuar la declaración y pago de sus obligaciones tributarias o a través de SUNAT Virtual.
-         Tratándose de Medianos y Pequeños Contribuyentes, en las sucursales o agencias bancarias autorizadas a recibir los mencionados formularios y pagos o a través de SUNAT Virtual.
-         No obstante lo dispuesto en el numeral anterior, si es que el importe total a pagar de la Declaración  fuese igual a cero, esta se presentará solo a través de SUNAT Virtual.
Además SUNAT estima que la presentación de los PDT N.os 669 y 670 podrá realizarse desde:
-         El 2 de enero de 2012, a  través de SUNAT Operaciones en Línea.
-         El 9 de enero de 2012, en las sucursales o agencias bancarias autorizadas a recibir tales formularios.
La presentación del Formulario Virtual N.° 669 – Simplificado Renta Anual 2011 – Persona Natural podrá realizarse desde el 15 de febrero de 2012, a  través de SUNAT Virtual.
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Posible cronograma de vencimiento para la presentación de  | |
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Último dígito del RUC   | 
Fecha de Vencimiento | 
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9 | 
26 de marzo de 2012 | 
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0 | 
 27 de marzo de 2012 | 
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1 | 
 28 de marzo de 2012 | 
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2 | 
  29 de marzo  de 2012 | 
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3 | 
30 de marzo de 2012 | 
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4 | 
2 de abril de 2012 | 
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5 | 
3 de abril de 2012 | 
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6 | 
4 de abril de 2012 | 
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7 | 
9 de abril de 2012 | 
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8 | 
10 de abril de 2012 | 
Para los pagos se estima considerar el periodo 13/2011 y los siguientes códigos:
- Para rentas de primera categoría: Código 3072 - Regularización Rentas de primera categoría.
- Para rentas de segunda categoría originadas en la enajenación de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2° de la Ley : Código 3074 – Regularización Rentas de Segunda Categoría.
- Para rentas del trabajo: Código 3073 – Regularización Rentas del Trabajo.
- Para rentas de tercera categoría: Código 3081 – Regularización Tercera Categoría.
 






 
 





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