INVITACIÓN A COMENTAR sobre Normas de presentación de Estados Financieros Auditados a las que se refiere el Articulo 5 de la Ley 29720 (más de 3 000 UIT) – Solo hasta el 31 de Diciembre del 2011


Mediante el presente LA SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES somete a consideración del mercado, el proyecto de las Normas Sobre la Presentación de Estados Financieros Auditados por Parte de Sociedades o Entidades a las que se Refiere el Artículo 5º de la Ley Nº 29720.

Los comentarios y observaciones al proyecto normativo podrán ser presentados vía Mesa de Partes de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en Avenida. Santa Cruz 315- Miraflores, provincia y departamento de Lima, o vía correo electrónico a través de la siguiente dirección: Reg_NPEEFFA@smv.gob.pe, hasta el 01 de febrero de 2012.

Fuente : http://normacontable.org

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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