Mejoras Introducidas por el Arrendatario no son Deducibles como Gasto, éste puede deducir como gasto la depreciación sobre el bien que constituye mejora en la parte que el propietario no se encuentra obligado a reembolsar.

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Se declara la nulidad e insubsistencia de la apelada en relación al reparo a gastos por mejoras permanentes. El recurrente señala que la suma reparada corresponde a un gasto efectuado para parchar la loza asfáltica de su grifo y señalizar la entrada y salida de los vehículos, por lo que no constituye una mejora, sino un gasto.

Activos Revaluados

Los activos que una vez revaluados fueron transferidos con motivo de la reorganización empresarial regulada en la Ley Nº 26283, tendrán como costo computable su valor de mercado. Asimismo, la fehaciencia y validez de la tasación que presente la empresa recurrente sobre los bienes revaluados no es un elemento constitutivo del beneficio de la Ley Nº 26283, pudiendo el exceso del valor de mercado habilitar a la Administración Tributaria a ajustar el costo computable de los bienes transferidos.

Reparo por sobrevaluación de compras

Costo computable de los bienes enajenados: caso de los usuarios de zonas de tratamiento especial

DrawBack y la Obligación Tributaria

Consecuentemente nos preguntamos si los ingresos por drawback se consideran para determinar la obligación de llevar un sistema de contabilidad de costos.

Casos Prácticos de Impuesto a la Renta

1. La empresa ha efectuado compras con Boletas de Venta, según el detalle que se muestra a continuación:

EFECTOS FINANCIEROS DE LA DETRACCIÓN EN LAS EMPRESAS AZUCARERAS DE LA CIUDAD DE CHICLAYO

Las detracciones en nuestros país han ayudado en gran parte a la recaudación de impuestos, ha reducido al mismo tiempo parte de la informalidad que agobiaba al Gobierno años atrás; este sistema de pago surge como una medida para disminuir el número de operaciones informales que realizaban las empresas hace algunos años, pero la norma que regula este sistema de pagos no excluye a las operaciones formales, entonces que efectos financieros repercuten en las empresas formales al retenérsele un porcentaje de efectivo en las cuentas corrientes y al no poder hacer uso de este dinero en la actividad operativa de su empresa.

La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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