La recaudación tributaria tendrá un crecimiento estimado de 5% durante el próximo año, sustentado en el dinamismo de la economía y las diversas acciones de control, fiscalización y facilitación del cumplimiento de las obligaciones que realiza la Sunat.
Así lo estimó la titular del ente recaudador Nahil Hirsh, durante su presentación en la Comisión de Presupuesto del Congreso en donde informó sobre las proyecciones de los ingresos tributarios en el 2011.
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Lima (Peru.com).- A partir de mayo del 2011, los trabajadores solo podrán retirar un porcentaje de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) si tienen más de seis sueldos acumulados, por lo cual la mayoría de los empleados no tendrá acceso a este monto.
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El economista Jorge Gonzales Izquierdo hizo un llamado de atención a los peruanos ya que en esta oportunidad, sólo podrán disponer el 30% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) de noviembre y desde mayo del 2011, sólo será posible utilizar el 70% del exceso de seis remuneraciones del depósito, según lo especifican las nuevas leyes.
La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.