- La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT (*) : administra los tributos internos tales como el Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Régimen Único Simplificado.(*) Mediante la Ley Nº 27334 se amplió las funciones de la SUNAT a efectos de que administre las aportaciones a EsSALUD y a la ONP.
- Los Gobiernos Locales (Municipalidades) : Administran exclusivamente los impuestos que la ley les asigna tales como el Impuesto Predial, Impuesto al patrimonio automotriz, alcabala, Impuestos a los juegos, etc.; así como los derechos y tasas municipales tales como licencias, arbitrios y derechos.
La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
oee bien oee eieieieieieiei haha ckari osuss
Muy bueno me sirvio de mucho , Gracias por el Aporte ;)
uuuuuuuuuuu
me sirvio
gracias me ayudo de mucho
jijiji me sirvio tu datito
Me sirvió de mucho gracias
siii lo maximo, ya tengo para el examen¡¡
que chevere ya puedo responder en mi cuaderno
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Gracias