Se oficializa el Primer Aumento de la Remuneración Mínima Vital a 675 Nuevos Soles





El aumento se hizo efectivo a través del decreto supremo No 011-2011 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), publicado en el Diario Oficial El Peruano.
El Gobierno oficializó hoy el incremento en 75 nuevos soles en la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, con lo que el sueldo mínimo se eleva de 600 a 675 soles.
El aumento se hizo efectivo a través del decreto supremo No 011-2011 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.
En los considerandos de la norma, el MTPE señala que es compromiso del presente gobierno que encabeza el presidente de la República, Ollanta Humala, el recuperar la capacidad adquisitiva de los trabajadores a través de diversas medidas.
Entre esas medidas se encuentra el reajuste de la remuneración mínima en 150 nuevos soles, los cuales se realizarán en dos tramos: el primero desde hoy y el segundo durante el 2012.
El MTPE dictará las normas que sean necesarias para la mejor aplicación del presente decreto supremo.
Además, mencionó que el reajuste de la remuneración mínima toma en cuenta criterios técnicos para el análisis de los índices de inflación subyacente y productividad, acordados por el Consejo Nacional del Trabajo.
Ello con la finalidad de que el incremento refleje el desempeño económico del Perú y asegure el poder adquisitivo de los trabajadores.
La norma es suscrita por el presidente de la República, Ollanta Humala, y el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Rudecindo Vega.
Según el artículo 24 de la Constitución Política del Perú, corresponde al Estado la regulación de la remuneración mínima, con participación de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores.
Además los Convenios 26 y 99 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificados por el Perú, al Estado le corresponde fijar la remuneración mínima de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.

0 Comentarios para "Se oficializa el Primer Aumento de la Remuneración Mínima Vital a 675 Nuevos Soles"

Publicar un comentario

La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
Powered by Blogger