Prorrogan plazo para la declaración de notarios 2011


Sunat busca posibilitar correcto cumplimiento de esta obligación
La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) prorrogó el plazo para la presentación de la Declaración Anual de Notarios o la constancia de no tener información a declarar,correspondientes al Ejercicio 2011, hasta el 27 de abril de 2012, de acuerdo con la RS Nº 297-2011/SUNAT.

Según el reglamento para la presentación de la declaración anual de notarios, dicha información deberá ser presentada hasta el último día hábil del mes de enero del ejercicio siguiente al que corresponda, explicó el tributarista Francisco Pantigoso, al detallar los alcances de esta resolución.
“La norma prorroga el plazo para la presentación de la Declaración Anual de Notarios o la Constancia de no tener información a declarar, correspondiente al ejercicio 2011, la cual podrá ser presentada hasta el último día hábil del mes de abril, y para el caso de buenos contribuyentes, hasta el 4 de mayo del ejercicio 2012″, detalló.
Fuente Diario el Peruano
Fecha:04/01/2012
http://www.elperuano.pe/Edicion/noticia-prorrogan-plazo-para-declaracion-notarios-2011-34731.aspx

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
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El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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