Resolución del Tribunal Fiscal 13120-8-2011 Desconocimiento del crédito fiscal en el caso de una Mejora
Se revoca la apelada en el extremo referido al desconocimiento del crédito fiscal. Se indica que si un desembolso constituye una mejora permanente que incremente el costo solo es relevante para el Impuesto a la Renta ya que para efecto del crédito fiscal, carece de relevancia si la compras reparadas tenían carácter de costo o gasto ya que en ambos casos otorga derecho a usar el crédito fiscal.
Se confirma en cuanto a la determinación sobre base presunta efectuada por haberse encontrado diferencias de inventarios al demostrarse la existencia de la causal así como la corrección del procedimiento usado. Al haberse revocado un de los reparos, la Administración deberá reliquidar las resoluciones de multa giradas por los numerales 1 y 2 del artículo 178° del Código Tributario.
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