Congreso eliminó el cobro de la Declaración Única Aduanera


La comisión de Comercio Exterior consideró que había un sobrecosto para las operaciones comerciales en la importación de mercadería
La Comisión de Comercio Exterior del Congreso acordó eliminar la tasa que venía cobrándose por la tramitación de la Declaración Única Aduanera (DUA) en la importación de mercadería.
Según concluyó la comisión, dicha tasa era un sobrecosto para las operaciones comerciales que afectaba nuestra competitividad y, además, resultaba contrario a Ley.
Sobre ello, la titular de la comisión, Luciana León, indicó a través de una nota de prensa que dicho cobro era “como querer imponer una tasa por la sola tramitación o presentación del formulario por la Declaración Jurada Anual de Renta”.
Fuente:Diario El Comercio
http://elcomercio.pe/economia/1419177/noticia-congreso-elimino-cobro-declaracion-unica-aduanera

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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