Mejor fiscalización incide en mayor base tributaria


Hay más contribuyentes que se incorporan a la economía formal
Acciones deben concentrarse en sectores de mayor incumplimiento
El avance registrado en la base tributaria, que en marzo de este año creció 9.2%, es resultado de un cambio en la estrategia de fiscalización que aplica la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), destacó el tributarista Jorge Manini.
“Este incremento en el número de inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) es significativo, pues implica a que hay más personas que se incorporaron a la economía formal”, declaró al Diario Oficial El Peruano.De este modo, precisó que el aumento en la base tributaria no sería solo el resultado de una mayor dinámica económica que impulsa la creación de nuevas empresas.
“Se observa un incremento en las campañas de fiscalización. Lo que se debe atacar es el incumplimiento y la elevada informalidad que hay en el país”, planteó. Comentó que las labores de fiscalización deben concentrarse en sectores que no pagan sus impuestos. “No solo deben fijarse en los grupos tradicionales, sino en aquellos que presentan más incumplimientos. Ese sería un avance cualitativo porque permite incorporar a nuevos contribuyentes”.
Sin embargo, comentó que la Sunat utiliza un concepto de costo beneficio por lo que no despliega toda su capacidad para dirigirse a las empresas que se desempeñan en la más completa informalidad, principalmente micro y pequeñas empresas en los conos o zonas rurales.Por ello, Manini consideró conveniente tomar medidas concretas para ampliar la cobertura de fiscalización. “Por ejemplo, se debería poner más atención en los sectores comercio y producción”.
Información
En este sentido, sugirió establecer alianzas con los municipios a fin de obtener información sobre la actividad económica de sus jurisdicciones. “Ello reduciría los costos de incorporar a nuevos contribuyentes y ampliaría la base tributaria en mejores condiciones.”Por otro lado, Manini subrayó que es necesario dotar a la Sunat de los medios que necesite para cumplir su función en las mejores condiciones.
Al respecto, comentó que lo ideal sería que la Sunat no solamente se fije en que la información proporcionada por las empresas cuadre con sus cuentas. “No hacen un mayor análisis de sus costos para verificar su veracidad”, dijo. En tal sentido, planteó que los funcionarios del ente recaudador hagan un análisis de los costos de las empresas que tributan, para lo cual es necesario contar con personal especializado.
Normativa
Una reforma tributaria debería considerar el establecimiento de normativas que se caractericen por su simplicidad, manifestó el tributarista David Bravo Sheen.”Nuestro sistema tributario es bastante complicado y difícil de entender para un pequeño empresario.”
Explicó que la actual legislación tiene una serie de normas muy técnicas y específicas que, si bien son necesarias, se pueden explicar de manera más sencilla de modo que cualquier persona pueda entender cuál es el régimen tributario que más le conviene y la forma en que tributará.
Precisó que hay diversas normas muy técnicas, que los agentes económicos requieren que sean aclaradas para evitar polémicas e interpretaciones erróneas.”La gestión que viene desempeñando el ente recaudador es positiva, se hacen cambios necesarios en el trato que los auditores ofrecen a los contribuyentes”, dijo.
Fuente: Diario El Peruano
Fecha:15/05/2012

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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