Postergan la obligatoriedad de uso de la PLAME hasta el mes de Noviembre de este año 2012
Mediante Resolución de Superintendencia N° 095-2012/SUNAT, publicada el sábado 28 de abril de este año, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha postergado la obligatoriedad del uso de la PLAME hasta el Período Octubre 2012 (cuyas declaraciones se presentan a partir del mes de noviembre del presente año).
A diferencia de lo señalado en la norma original que estableció el cronograma de implementación progresiva (Resolución de Superintendencia N° 212-2011/SUNAT), en esta oportunidad, no existe diferenciación respecto del número de trabajadores que mantiene una empresa por lo que la obligatoriedad se entiende referida de cualquier empresa que tenga trabajadores a su cargo independientemente del número de éstos.
Para finalizar, se aprueba una nueva versión del PDT Planilla Electrónica – PLAME, esto, es, el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Versión 1.92, el cual se encontrará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual a partir del 25 de mayo de este año y que podrá ser utilizado desde el 01 de junio de 2012 hasta el 31 de octubre de este mismo año. Como consecuencia de esto último, el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Versión 1.91 podrá ser utilizado hasta el 30 de junio de 2012.
Para obtener mayor detalle al respecto, le sugerimos revisar el texto completo de la norma en el su boletín diario empresarial.
Ver el texto completo: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2012/095-2012.pdf
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