Congreso otorgó facultad legislativa al Ejecutivo en materia tributaria


Durante 45 días, el gobierno aplicará las reformas para elevar la recaudación tributaria, de acuerdo al anunciado plan del MEF.
(Reuters). El Congreso de la República otorgó facultad legislativa temporal al Ejecutivo para que prepare una reforma tributaria y aduanera, con la que busca elevar la recaudación impositiva en medio de un incierto panorama económico mundial.
Con la reforma, el gobierno espera ingresos adicionales por unos 12.000 millones de soles hasta el 2016, sin elevar o crear impuestos, sino eliminando algunas exoneraciones y endureciendo la fiscalización para combatir la evasión o elusión tributarias.
El Congreso dio facultades legislativas al Ejecutivo por 45 días, la mitad de los 90 que había pedido el Gobierno.
El ministro de Economía, Luis Miguel Castilla, afirmó recientemente que el plan de reforma busca elevar la recaudación tributaria hasta un 18 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), desde el alrededor del 15 por ciento actual.

Fuente: Diario El Comercio
http://elcomercio.pe/politica/1422085/noticia-congreso-otorgo-facultad-legislativa-al-ejecutivo-materia-tributaria

0 Comentarios para "Congreso otorgó facultad legislativa al Ejecutivo en materia tributaria"

Publicar un comentario

La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
Powered by Blogger