Aprueban reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas
Mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 473-2012/SUNAT/A publicada el 17.10.2012 se aprueba el Reglamento del Régimen de Gradualidad para la Aplicación de las Sanciones de Multas que tiene por finalidad establecer el Régimen de Gradualidad aplicable a las sanciones de multas correspondientes a las infracciones tipificadas en:
a) El numeral 7 del inciso a); numerales 3, 4 y 5 del inciso b) y numeral 1 del inciso c) del artículo 192º de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1053.
b) El numeral 3 del inciso c) del artículo 192º de la Ley General de Aduanas, sólo en el supuesto en que la multa sea equivalente al 50% del monto restituido indebidamente cuando tenga incidencia en su determinación.
c) Los numerales 3, 4 y 5 del inciso d), y numerales 1 y 4 del inciso e) del artículo 103º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF.
d) Los numerales 6 y 10 del inciso d) y el inciso i) del artículo 103º de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 809.
El presente régimen regirá por el plazo de un año calendario computado a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Resolución que lo aprueba.
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