Cuadro comparativo sobre Sistemas de Descuento en AFP
1) Solo si se decide continuar pagando una Comisión sobre Sueldo (Flujo), se deberá informar esta elección desde el 02 de enero de 2013 hasta el 31 de marzo de 2013.
2) De no manifestar una decisión en el plazo establecido, los aportes que se efectúen sobre la remuneración que se perciba a partir del mes de abril de 2013, se sujetarán automáticamente al esquema de Comisión Mixta, no previéndose posibilidad de elección posterior.
3) En caso se manifieste la decisión de mantenerse en el modelo de cobro únicamente sobre el flujo, se podrá revocar esa decisión en una sola oportunidad.
4) Si se elige la Comisión sobre el Flujo y se cambia de opinión, se tiene plazo hasta el 30 de setiembre de 2013 para cambiar esta decisión por única vez.
5) Los medios bajo los cuales se podrá ejercer el derecho a elegir el tipo de Comisión sobre Sueldo (Flujo) son: a través de nuestra página web, mediante correo postal certificado o en nuestras agencias, utilizando el formato establecido para la elección.
6) Cada afiliado es responsable de elegir permanecer en el esquema de omisión exclusiva sobre sueldo, ello toda vez que, de no elegir esta modalidad la normativa prevé la asignación al esquema mixto de comisión, de manera irrevocable.
7) Independientemente del tipo de comisión que se elija, se deberá mantener al día los pagos a fin de no perder la cobertura de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, para lo cual es necesario contar con cuatro pagos dentro de los últimos ocho meses anteriores al siniestro.
8) Tener en consideración que si se elige la comisión mixta y no se efectúa aportes mensuales a la cuenta individual, el cobro mensual de la comisión sobre el saldo de los aportes no da derecho a dicha cobertura.
Fuente: AFP Horizonte
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