RENTAS DE PRIMERA CATEGORÍA – ARRENDAMIENTO (ALQUILER)
Cuáles son las rentas de Primera Categoría?
- El arrendamiento o subarrendamiento de predios.
- El arrendamiento o cesión temporal de bienes muebles o inmuebles distintos de predios, así como los derechos sobre estos.
- El valor de las mejoras introducidas en el bien por el arrendatario o subarrendatario, las cuales no son reembolsadas por el propietario constituyendo un beneficio para este.
- La cesión gratuita o a precio no determinado de predios efectuada por el propietario a terceros.
¿Quién es el contribuyente del Impuesto a la Renta por rentas de Primera Categoría?
El contribuyente es el arrendador o subarrendador, cuando corresponda. Puede ser persona natural, una sucesión indivisa, o una sociedad conyugal.
¿Debo estar inscrito en el RUC para declarar y pagar el impuesto?
Así es. Si aún no tienes número de RUC el trámite es sencillo y gratuito. Puedes inscribirte en el RUC seleccionando la opción Inscripción al RUC por Internet en el Portal de SUNAT www.sunat.gob.pe , zona "Opciones sin Clave SOL" Tambien puedes hacerlo presencialmente en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente o dependencia de SUNAT y en los Centros Móviles.
Dos datos básicos para incluir cuando te inscribas en el RUC:El contribuyente es el arrendador o subarrendador, cuando corresponda. Puede ser persona natural, una sucesión indivisa, o una sociedad conyugal.
¿Debo estar inscrito en el RUC para declarar y pagar el impuesto?
Así es. Si aún no tienes número de RUC el trámite es sencillo y gratuito. Puedes inscribirte en el RUC seleccionando la opción Inscripción al RUC por Internet en el Portal de SUNAT www.sunat.gob.pe , zona "Opciones sin Clave SOL" Tambien puedes hacerlo presencialmente en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente o dependencia de SUNAT y en los Centros Móviles.
Actividad económica (CIIU) | 7010-9 Alquiler de viviendas, departamentos, alquiler de edificios no residenciales. 7111-8 Alquiler de vehículos (automóviles). Para otros tipos de alquiler consultar los Códigos CIIU aquí |
Tributo afecto | 3011- RTA1ERACP – RENTA - 1ERA CATEGORÍA - CTA.PROPIA |
La tasa efectiva es del 5% de la renta bruta (monto del alquiler).
Por ejemplo, si el monto del alquiler mensual pactado es de mil Nuevos Soles (S/. 1,000) el impuesto a pagar será de cincuenta Nuevos Soles (S/.50).El pago del impuesto se hace por cada bien alquilado (predios, bienes inmuebles y bienes muebles), siempre dentro delcronograma de obligaciones mensuales aprobado por la SUNAT, considerando el último dígito del número de RUC.
Declaración y pago del impuesto
i.- Pasos para declarar y pagar por Internet - A través de SUNAT Virtual por los periodos tributarios febrero 2011 en adelante, e inclusive por los periodos tributarios enero 2008 a enero de 2011 en los que se encuentre omiso a la declaración:
Ingrese en el Portal de SUNAT (www.sunat.gob.pe) a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL asignada.
- Ubique y seleccione la opción Arrendamiento.
- Ingresar los siguientes datos:
- Período Tributario (mes y año). Si por ejemplo paga por el alquiler de noviembre 2011 debe anotar 11-2011.
- Tipo de documento de identidad del inquilino/arrendatario. (RUC/DNI/Carnet de Extranjería).
- Número del documento de identidad del inquilino/arrendatario.
- Monto del alquiler (merced conductiva) en Nuevos Soles. Si el alquiler se pactó en moneda extranjera debe convertiirlo previamente a moneda nacional al tipo de cambio compra (último publicado por el BCRP).
- Podrá cancelar el monto a pagar por alguna de las modalidades que se indican a continuación:
- Pago mediante tarjeta de crédito o débito afiliada a a Verified by VISA.
- Pago mediante débito en cuenta: Debe ordenar el débito en cuenta del importe a pagar ingresado al sistema al banco que seleccione de la relación de bancos que tiene habilitada SUNAT Virtual y con el cual ha celebrado previamente un convenio de afiliación al servicio de pago de tributos con cargo en cuenta. En ambos casos, deberá cancelar el integro del importe a pagar consignado en la declaración, a través de una única transacción bancaria.
- Completados los pasos anteriores, el sistema generará la Constancia (Formulario Virtual N° 1683 – Impuesto a la Renta de Primera Categoría), que contendrá el detalle de lo declarado y del pago realizado, así como el respectivo número de orden. El documento podrá ser impreso y, de requerirlo, podrá enviarlo al correo electrónico que usted señale.
- Se le recuerda que deberá entregar al arrendatario o subarrendatario, una impresión del citado Formulario, el mismo que constituye comprobante de pago y sirve para sustentar gasto o costo tributario, de corresponder.
Acérquese a uno de ellos y proporcione en ventanilla estos datos:
- Su número de RUC (arrendador)
- Mes y año (Periodo tributario, por ejemplo noviembre de 2011)
- Tipo y número del documento de identidad del inquilino o arrendatario (RUC/DNI/Carnet de Extranjería etc.)
- Monto del alquiler (en nuevos soles).
Una vez efectuado el pago el banco le entregará el recibo por arrendamiento (Formulario N° 1683) donde consta su declaración y pago. Este recibo es el documento que Ud. debe entregar al inquilino/arrendatario. Es el comprobante de pago del alquiler y sirve para sustentar gasto o costo tributario, de corresponder.
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