La Secretaría Técnica del Fonavi publicó desde el domingo el formulario con el cual se pone en conocimiento quiénes son los beneficiarios del primer grupo de pago para la devolución de aportes.
El padrón incluye a más de 103,000 beneficiarios y puedes comprobar si estás dentro de él a través de la siguiente dirección web https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic2/index.jsp o vía telefónica llamando al 317- 8888.
En el video que acompaña la nota, te explicamos cuáles son los pasos a seguir una vez que ingreses a la web facilitada por la Secretaría Técnica del Fonavi.
¿DONDE COBRAR?
La comisión ad hoc encargada de apoyar el cumplimiento de la Ley de devolución de aportes al Fonavi, firmó un convenio para que las cobranzas se realicen en las sedes del Banco de la Nación. Todas las agencias a nivel nacional de la citada institución bancaria estarán habilitadas para realizar el pago a partir del 19 de enero.
REQUISITO PARA COBRAR
Edgar Ortiz, integrante de la comisión ad hoc, informó que a partir del lunes 12 de enero los fonavistas deberán esperar en sus domicilios el certificado que los habilita para cobrar. El día del pago el beneficiario solo tendrá que mostrar su DNI para hacerlo efectivo.
En tanto, los familiares de fonavistas que quieran acceder a estos pagos, deberán acreditar en el Banco de la Nación que son herederos y dicha entidad revisará caso por caso. Tendrán que presentar sus sucesiones de herederos y los documentos que consideren necesarios para ver si son legítimos titulares.
¿CUÁNTO RECIBIRÁ CADA FONAVISTA?
La Comisión Ad Hoc aún no ha señalado cuánto recibirán cada fonavista por sus aportes, sin embargo, se sabe que en promedio los pagos llegarán hasta los 1300 nuevos soles, dependiendo del valor de la cuota mensual que establezca la comisión y los meses que se aportó al Fonavi.
Ortiz, señaló que en caso que los aportantes no estén de acuerdo con el monto establecido en el certificado que reciban en su domicilio o tengan alguna duda o consulta deberán llamar a la central telefónica 317- 8888.
SEGUNDA LISTA DE BENEFICIARIOS
La Comisión Ad Hoc , informó que el padrón con el registro de los fonavistas será actualizado cada seis meses. De ese modo, un segundo listado de beneficiarios se conocerá en el segundo semestre de este año.
Fuente: http://www.rpp.com.pe
La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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