Informe Nro 102-2011-SUNAT/2B0000 El IGV en un servicio que se inicie en la Amazonía y culmine fuera de ella


No se encuentra exonerado del Impuesto General a las Ventas el servicio de mensajería, valijas y traslado de bienes y equipos, cuando la prestación del servicio se inicie dentro de la Amazonía pero culmine fuera de ella.

PULSE AQUI PARA DESCARGAR EL TEXTO COMPLETO DEL INFORME

0 Comentarios para "Informe Nro 102-2011-SUNAT/2B0000 El IGV en un servicio que se inicie en la Amazonía y culmine fuera de ella"

Publicar un comentario

La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
Powered by Blogger