¿Contabilidad Simplificada y/o Contabilidad Complicada?


CPCC Dionicio Canahua
Hace algunos días revisaba en un artículo referido a la contraposición de lo simple o compleja que puede ser la Contabilidad desde la perspectiva de los libros. Me preguntaba, ¿Si hablamos de un determinado nivel de complejidad, solo nos referimos a los libros? .

Dicha afirmación seria correcta, si es que la Contabilidad se centrara en anotar una serie de datos en un libro, para luego proceder a obtener un determinado formato o reporte de información. También nos ayudaría si es que nos preguntaramos: El formato de Diario simplificado ¿Simplifica la Contabilidad?.
Pero todavia podemos plantear algunas preguntas más: ¿Alguno de ustedes estimados colegas o estudiantes de Contabilidad me indicarian si el nivel de complejidad esta en función de la actividad económica de la organización y su nivel de facturación?.
Debemos considerar que la Contabilidad tiene como objetivo brindar información (producto final) y para ello se requiere de todo un proceso , lo que conocermos como proceso contable. Pero hay un elemento más que debemos considerar, el control.
En consecuencia si debemos señalar un nivel de complejidad de la Contabilidad, este debe estar relacionado al proceso contable y los controles internos establecidos. Muchas veces nos damos con la sorpresa de haber considerado lo primero en ausencia de lo segundo.
El tener menos columnas en un registro o usar un Sistema Contable, no significan necesariamente que la Contabilidad sea más sencilla en un 100%, porque puede que en un áfan de buscar un procesamiento rápido se hayan debilitado los controles de la organización.
Un ejemplo, ¿Qué sucedería si la persona encargada de Compras tambien realiza actividades de Caja?, puede que reporte información más rapidamente, pero se contraviene una política basica de control interno la segregación de funciones.
Para concluir podemos afirmar: Simplificar o Complicar, va implicar que revisemos dos cosas: proceso contable y controles internos.




Fuente: http://normacontable.org

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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