Resolución del Tribunal Fiscal 6089 – 10 – 2011 Notificación en domicilio fiscal anterior
Se revoca la apelada y se dejasin efecto la Resolución de Multa por cuanto se aprecia de la constancia de notificación de la esquela que ésta fue notificada mediante certificación de la negativa a la recepción, en el anterior domicilio de la recurrente, no obstante que a la fecha de notificación de la citada esquela la recurrente tenía un nuevo domicilio fiscal, según el comprobante de información registrada, por lo que la Administración debió notificarle en este último domicilio, siendo así, el acto de notificación no se encuentra arreglado a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 104° del Código Tributario.
En ese sentido, se acreditó que la recurrente incurrió en la infracción tipificada en el numeral 7 del artículo 177º del Código Tributario.
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