Formatos de formularios: SUNAT

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó los nuevos modelos de formularios de inscripción y publicidad registral que deberán utilizarse en todo el país.

En efecto, mediante Resolución N° 226-2012-Sunarp/SN, esta institución estableció el nuevo formato de solicitud de inscripción de título que deberá ser usado por las oficinas registrales, así como otro similar que tienen que emplear las oficinas receptoras.
También implementó el nuevo formato de solicitud de publicidad registral que deberán utilizar las oficinas que conforman el Sistema Nacional de los Registros Públicos.

Actualización

Así, esta entidad actualizó los formularios que los usuarios de los servicios registrales deben usar para mejorar los procesos de atención, considerando que a la fecha se han emitido normas legales de carácter registral que modifican algunos registros en virtud de la Ley de Garantía Mobiliaria, reglamentos y directivas de carácter registral.

En la información que se requiere mediante los nuevos formatos se incluye el número de RUC de la persona jurídica que solicita el trámite, así como el tipo de institución: pública o privada.


Diario El Peruano (25/08/2012)

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La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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