Reforma tributaria generaría sobrecosto al turismo de US$120 millones entre agosto y diciembre de 2012 y el despido de 5 mil trabajadores.
El sector Turismo podría retroceder 15% con la reforma tributaria que aprobó el Ejecutivo (Decreto Supremo 161-2012 y el Decreto Legislativo 1125), alertó el presidente de la Cámara Nacional de Turismo(Canatur), Carlos Canales.
Explicó que en la práctica solo algunos servicios turísticos tendrán un descuento del IGV, dentro de la Ley de Exportación de Servicios.
Canales dijo que se generará un sobrecosto al turismo de US$120 millones entre agosto y diciembre de 2012 y el despido de 5 mil trabajadores.
Fuente: Peru21.pe
La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.
La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.
El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.
El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.
La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.
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